Los miembros de SEDA, Sociedad Española de Derechos de Autor, han aprobado la gestión de la entidad, las cuentas anuales y el Informe de transparencia, correspondientes al ejercicio 2020 en la Asamblea General celebrada telemáticamente el viernes 18 de junio.

Se han aprobado por unanimidad los cambios de Estatutos propuestos, entre los que destaca la modificación del artículo 8 para adaptarlo a la resolución del Consejo de Administración de SEDA en su reunión del de fecha 18 de diciembre de ampliar la gestión de derechos de la entidad a los Conciertos y a la Comunicación Pública, por lo que los miembros de SEDA podrán encomendarle todas las categorías de derechos de autor sobre obras musicales reconocidas por la legislación vigente, y no tendrán que dejar ningún derecho en otra entidad.

Se ha aprobado igualmente el cambio de domicilio social, que pasa a establecerse en la calle Alberto Aguilera 35, 5º dcha. de Madrid.

Se ha acordado, también por unanimidad, la modificación del sistema de cuota de ingreso para socios, manteniendo el importe de 50€ para los socios autores y de 200€ para los socios editores que opten porque esta sea retraída de futuros repartos de derechos, pero rebajando el importe de la cuota a 30€ para los socios autores y herederos, y en 150€ para los socios editores que la abonen en el momento de su admisión. Los socios actuales que no hayan abonado la cuota de ingreso podrán acogerse a esta medida si la abonan antes del 30 de julio de 2021. El socio que así lo desee podrá incrementar libremente esa cantidad como ayuda a la Entidad.

Cabe destacar que las respectivas asambleas de socios de AISGE, "Artistas Intérpretes, Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual", y SEDA, “Sociedad Española de Derechos de Autor”, han aprobado por unanimidad la creación de una Agrupación de Interés Económico, con el fin de facilitar el desarrollo y mejorar los resultados de la actividad de ambas entidades a través de una gestión colectiva más eficaz, eficiente, transparente y justa, tanto para los titulares de los derechos que administran como para los usuarios de sus respectivos repertorios, careciendo de ánimo de lucro para sí misma, y abriendo de esta manera un nuevo horizonte a la gestión de derechos de propiedad intelectual.